Estatutos
Los estatutos de la Asociación Española de Fútbol 7 fueron redactados el 22 de Marzo de 2003 y aprovados por los miembros de la junta directiva.
Asi mismo, han sido modificados varias veces (última modificación Octubre/2011).
REGLAMENTO INTERNO | ESTATUTOS | ASOCIACION NACIONAL DE FUTBOL 7
De los Objetivos
1.- La Asociación Nacional de Fútbol 7 No Federado, (en adelante ANF7), tiene como objeto agrupar en un mismo organismo a entidades, asociaciones, clubes o instituciones con sede social en España que organizan y promocionan competiciones regulares de fútbol 7 no federado en categoría sénior (mayores de 17 años) y de carácter amateur.
2.- Los miembros de la anf7 han de estar registrados y dados de alta legalmente en los respectivos lugares en los pertinentes registros de entidades.
3.- La anf7 tiene como fin promocionar la práctica de la modalidad deportiva del Fútbol 7 así como:
- a) Establecer e implantar un reglamento de juego unificado entre todos los integrantes.
- b) Difundir en medios de comunicación las actividades que promociona.
- c) Organizar el Campeonato de España de Fútbol 7 con carácter anual.
- d) Colaborar con los distintos miembros para optimizar recursos y gestionar, en caso necesario, actividades.
- e) Constituir una plataforma unificada de negociación con los distintos proveedores del sector.
- f) Generar recursos económicos y gestionarlos, derivados del márqueting i el sponsoring.
4.- La anf7 es una entidad sin ánimo de lucro, con lo que destinará los recursos generados desde su gestión a favor de la promoción del deporte del fútbol 7 y en beneficio de sus asociados.
De su funcionamiento de gestión.
5.- La ANF7 realizará una Asamblea Anual de Carácter Ordinario, a la que estarán convocados todos sus miembros y en la que deberán presentarse los balances deportivos, sociales y económicos de la temporada anterior (de cierre) y proponer y aprobar el proyecto deportivo, de social, económico y de gestión de la siguiente temporada.
6.- Así mismo, la ANF7 podrá convocar un máximo de dos Asambleas Extraordinarias al año para proponer y modificar aspectos referentes a este reglamento, u otros aspectos que requieran la aprobación del plenario de la Asamblea más allá de las potestades de la junta directiva.
7.- La ANF7esta dirigida por una junta directiva formada por un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero.
8.- Es potestad de la junta directiva:
- a) Regular y ejecutar el funcionamiento ordinario de la ANF7.
- b) Acordar y firmar convenios de patrocinio y esponsorización con firmas comerciales.
- c) Gestionar la tesorería y la contabilidad ordinaria de la ANF7.
- d) Trabajar para incrementar los miembros asociados, siempre bajo la aceptación de estos del reglamento de la ANF7
- e) Convocar la Asamblea Anual Ordinaria y, si es preciso, la Asamblea Extraordinaria.
- f) Organizar, conjuntamente con la entidad sede, la celebración del Campeonato de España de Fútbol 7.
- g) Difundir la imagen global de la ANF7
- h) Promocionar, en medios de comunicación, las acciones auspiciadas desde la ANF7
- i) Negociar y acordar convenios con proveedores generales o específicos del sector.
- j) Desarrollar proyectos de gestión de la ANF7.
9.- La Junta Directiva de la ANF7 puede subcontratar o externalizar la gestión regular de la Asociación bajo su responsabilidad y manteniendo la tutoría y responsabilidad de dicha gestión.
10.- En las Asambleas de la ANF7 cada miembro tendrá un derecho y calidad de voto.
11.- La Junta Directiva está obligada, respecto al plenario de la Asamblea y resto de miembros a:
- a) Convocar por escrito a los distintos miembros, con una anticipación mínima de 30 días naturales, cualquier Asamblea.
- b) Responsabilizarse de la gestión realizada durante su mandato, ya sea en el ámbito deportivo, el social o el económico.
- c) Presentar anualmente proyecto de gestión.
- d) Respetar y hacer respetar el reglamento de funcionamiento interno.
- e) Presentar anualmente y de manera documental, un resumen global de su gestión así como un proyecto de cada temporada.
De su funcionamiento interno.
12.- Cada miembro de la ANF7 para serlo, deberá aportar una cuota anual de asociado. Esta cantidad será de 800 €. Anuales, en un solo pago de anual.
13.- La cantidad de la cuota podrá ser modificada anualmente con la aprobación de la Asamblea Anual Ordinaria.
14.- Esta dotación económica servirá como fondo de financiación de la ANF7
15.- La ANF7, a través de su junta directiva, tiene libertad para negociar acuerdos comerciales o de sponsoring siempre y cuando estos no vayan en detrimento de acuerdos puntuales ya existentes por parte de los respectivos asociados.
16.- Los asociados se obligan a presentar ante la ANF7los acuerdos comerciales o de patrocinio que ellos tengan ya suscritos a fin de que desde la AEF-7 se pueda plantear hacer extensible dichos acuerdos al resto de asociados.
17.- Los diferentes miembros de la ANF7 están obligados a asumir los acuerdos logrados por la Junta Directiva de la Asociación en concepto de patrocinio y sponsoring, o de proveedores; siempre y cuando, estos, cuanto mínimo, igualen el mejor de estos acuerdos ya existentes por parte de los asociados, en el aspecto económico y promocional.
18.- Todos los asociados deberán incorporan en sus propios comunicados y conjuntamente a su logo, la imagen corporativa y logo de la ANF7, así como la leyenda “miembro de la ANF7”.
19.- Todos los asociados se obligan a incorporar el logo de la ANF7 en las fichas de sus jugadores.
20.- Los diferentes asociados mantendrán la independencia de la gestión total de su propia entidad, pero deberán someterse a los acuerdos de la ANF7 de índole general.
21.- Todos los asociados mantendrán el derecho a la privacidad de la base de datos de los jugadores y fichas que desarrollen actividad en sus competiciones. Cualquier modificación de esta privacidad deberá aprobarse en asamblea extraordinaria por mayoría simple de votos emitidos.
22.- Cualquier convocatoria realizada desde la junta directiva al total de los miembros de la asociación deberá realizarse con una antelación mínima de 20 días.
23.- La ANF7 se compromete a aceptar solo un miembro por provincia española, de manera que cada uno de los miembros de la Asociación tendrá carácter exclusivo en su demarcación territorial. Esta exclusividad solo quedará revocada en caso de explicita aceptación o renuncia de dicho miembro y en beneficio del crecimiento global de la ANF7.
De las nuevas incorporaciones
24.- Cualquier entidad que cumpla los requisitos expuestos en el apartado A) de este reglamento puede formar parte e integrarse de manera plena en la ANF7.
25.- Cualquier miembro de nueva inclusión en la ANF7 tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de integrantes anteriores.
26.- Todo el año natural es hábil para la inscripción como miembro de la ANF7.
Del Campeonato de España
27.- El Campeonato de España de Fútbol 7 no federado se celebra con carácter anual.
28.- Solo los equipos integrados dentro de las entidades miembro de la ANF7 pueden participar en la competición.
29.- Cada entidad miembro de la ANF7 puede establecer sus propios criterios para elegir a su/s representantes en el Campeonato de España de Fútbol 7 no federado.
30.- El número máximo de equipos participantes en el Campeonato de España de Fútbol 7 deberá decidirse anualmente en Asamblea.
31.- Se establece un baremo de participación de equipos en el Campeonato de España de Fútbol 7 de 1 equipo por entidad asociado. Si restarán plazas libres se procedería a asignación en la asamblea por mutuo acuerdo de los asociados.
32.- Cada miembro de la ANF7 tiene derecho a renunciar, por los motivos que fuera, a alguna de sus plazas. En este caso, la nueva asignación seguiría un estricto orden cuantitativo por cada entidad miembro.
33.- La elección de la sede del Campeonato de España de Fútbol 7 debe seguir, por orden de prioridad, los siguientes criterios:
- 1.- Por concurso, a presentación de candidaturas.
- 2.- Sede del equipo ganador en la anterior edición.
- 3.- Propuesta a valorar del resto de miembros.
34.- La delegación sede del Campeonato de España de Fútbol 7 no federado está obligada a presentar ante la Asamblea un proyecto de competición nueve meses antes de la celebración de la competición.
35.- La delegación sede del Campeonato de España de Fútbol 7 és la encargada de gestionar y realizar:
- 1.- Calendario de Competición.
- 2.- Desarrollo de la Competición.
- 3.- Promoción mediática.
- 4.- Alojamiento equipos participantes.
- 5.- Desplazamientos internos equipos participantes.
- 6.- Inauguración y clausura.
- 7.- Memoria.
36.- La delegación sede del Campeonato de España de Fútbol 7 no federado puede solicitar apoyo de recursos humanos e infraestructuras a la ANF7y a su junta directiva para la organización de la competición y sus diferentes aspectos.
En dicho caso, los costes económicos derivados de dicha colaboración serán imputados en el presupuesto global de la competición.
37.- El equipo ganador del Campeonato de España de Fútbol 7 no federado será el nuevo Campeón de España de Fútbol 7 y se habrá ganado el derecho a participar en la siguiente edición de dicha competición.
38.- El Campeonato de España de Fútbol 7 no federado debe gestionarse con la perspectiva de la rentabilidad económica, y con esa vocación ha de plantear su proyecto y posterior ejecución.
39.- La sede organizadora se compromete a la máxima difusión del acontecimiento en los medios de comunicación así como a elaborar un resumen de prensa y ponerlo a disposición de la Junta directiva para su posterior promoción.
40.- La Junta Directiva se reserva el derecho a inspeccionar la candidatura de sede presentada para vigilar y garantizar la calidad de la competición cuatro meses antes de la celebración del torneo.
41.- Cada delegación participante deberá estar acompañada durante el campeonato por algún representante oficial del miembro de la ANF7 a que represente.
42.- Es el representante de cada entidad miembro de la ANF7 el responsable de vigilar y tutelar la presencia de cada uno de sus equipos en el Campeonato de España de Fútbol 7 no federado.
43.- La Junta directiva de la ANF7 podrá imponer a la entidad organizadora del Campeonato cualquier acuerdo alcanzado con patrocinadores y/o proveedores generales de la ANF7 para la celebración de dicha competición.
Obligaciones generales
44.- Cada miembro de la ANF7 está obligado a ceder a la Asociación el espacio físico necesario, en sus instalaciones o en las que gestione, que la junta directiva reclame en virtud de acuerdos de patrocinio con otras entidades comerciales.
45.- Cada miembro de la ANF7se compromete a la veracidad en la declaración de las fichas de jugadores que regularmente actúen en su competición.
46.- Cada miembro de la ANF7 está obligado a ceder su imagen corporativa a la ANF7 para que esta pueda utilizarla en concepto de promoción de la propia Asociación.
47.- Cada miembro de la ANF7 se compromete a aceptar las decisiones tomadas por la junta directiva y que se atengan a este reglamento, así como las decisiones emanadas del plenario de la Asamblea.
48.- Cada miembro de la ANF7 está obligado a guardar secreto sobre las deliberaciones que se realicen en Asamblea.
49.- Cada miembro de la ANF7 tiene derecho a proponer cambios en la composición de la Junta directiva, pero está obligado a lograr el apoyo de un mínimo del 51% del total de de los votos de la ANF7 para imponer alguna modificación al respecto.
50.- Cada miembro de la ANF7 deberá poner a disposición de la Junta directiva cualesquiera de los datos que esta le requiera para la correcta gestión de la Asociación regularmente, y siempre respetando la ley de privacidad informática, el derecho a la intimidad y privacidad de sus representados.
51.- La integración dentro de la ANF7implica la aceptación total de este reglamento.
ANEXO - INTEGRACIÓN ASOCIACIÓN ESPAÑOLA FUTBOL 7
1) Que ofrece la Asociación a los nuevos miembros.
- Integración plena dentro de la Primera Asociación Oficial Nacional de Fútbol 7.
- Beneficiarse de la promoción mediática y en todos los sentidos que esta realice durante toda la temporada.
- Ofrecer a todos los clientes (equipos), el estímulo de la participación en el Campeonato oficial a nivel de toda España.
- Asumir como propias las propuestas y campañas realizadas desde la Asociación.
- Beneficiarse porcentualmente de los ingresos logrados por la asociación en concepto de Esponsoring y Publicidad, en base y relación directa a los equipos y jugadores aportados por dicho miembro a la asociación.
- Lograr un hecho diferencial respecto a la competencia más inmediata, con personalidad propia y en una línea de rigor y estructura profesional.
- Exclusividad geográfica.
- Formar parte de una estructura con vocación de liderar el mercado en este sector en toda España.
- Posibilidad de crear una central de compras con el resto de empresas miembros de la asociación para mejorar precios con proveedores en material deportivo y varios.
- Crear una bolsa común de jugadores y equipos para poder beneficiarse mutuamente entre los distintos miembros de las respectivas bases de datos.
- Servirse y aprovechar el trabajo administrativo y mediático desarrollado desde la propia asociación.
- Crear un carnet único de jugador para toda España, con todas las ventajas, en los dos sentidos, que ello puede significar.
- Mantener la independencia de la empresa dentro de su propia estructura de trabajo.
Que pide La Asociación a sus integrantes
- Asumir las decisiones tomadas por la mayoría de los miembros en las diferentes reuniones realizadas.
- Aportar un equipo a la fase final del Campeonato oficial de España de Fútbol 7.
- Ceder su imagen y logo para la promoción mediática y general de la Asociación.
- Ceder espacio físico en las instalaciones para la publicidad corporativa de la asociación, así como espacio físico puntual para las diferentes promociones a realizar por parte de la asociación.
- Aportar listado de equipos y jugadores para base de datos común en la asociación.
- Capacidad de desplazamiento e implicación en la organización colectiva de la Asociación y del Campeonato de España.
- Ceder los derechos de promoción del Campeonato de España a nivel mediático a la organización del campeonato.
- Comprometerse a realizar los mailings programados por la asociación entre sus clientes a lo largo de la temporada.
- Respetar los compromisos adquiridos por la asociación con patrocinadores, sponsoring o proveedores.
